viernes, 11 de noviembre de 2011

el árbol no deja ver la cláusula

en todo título de propiedad que se extienda sobre predios fiscales
que contengan bosques espontáneos o formaciones leñosas espontaneas
pasibles de explotación, deberá insertarse una cláusula
mediante la que se exprese que la propiedad de los mismos
pertenece a la provincia y su explotación quedará sujeta a la jurisdicción
administrativa de la dirección general de bosques y parques de la provincia.

dice el decreto 904/81 y nosotros buscamos y buscamos en los títulos que nada de esto dicen

1 comentario:

Anónimo dijo...

tenés que ver los certificados de dominio. hablan de restricciones al dominio y demás, también menciona las leyes.